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La primera pregunta que tendrás a la hora de lanzar tu empresa es: ¿soy una persona física o moral? Bueno, la respuesta rápida es que tú como individuo eres una persona física, pero si tu empresa está conformada por socios, deberán ser una persona moral.
Vamos a explicar esto de una forma más detallada, pero de una vez te adelantamos que ambos tienen obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que es necesario que sepas a cuál debes inscribirte para cumplir correctamente con tus obligaciones.
Lo primero que debes hacer es determinar el régimen fiscal para pagar impuestos de manera correcta (y conocer tus derechos) así que debes definir tu actividad económica y la forma en la que se desarrollan las operaciones de tu negocio.
El régimen fiscal es la clasificación que se le otorga a cada contribuyente, dependiendo de las actividades que le generen ingresos. A continuación explicaremos las clasificaciones más comunes:
¿Qué es una persona física?
El SAT lo define como el individuo miembro de una comunidad, con derechos y obligaciones, determinados por un ordenamiento jurídico. Es decir, que cualquier individuo, como tú que exista y sea tangible, es por definición una persona física.
El conjunto de obligaciones que cada persona tiene se llama régimen fiscal y existen diferentes tipos. Para el caso de las físicas que desarrollan actividades de negocio existen los siguientes:
Salarios y prestación de un servicio personal subordinado
Si trabajas para una empresa, recibes como mínimo las prestaciones de ley y te pagan un salario, entonces perteneces a este régimen. Tus obligaciones son mínimas porque el patrón es el encargado de retener el ISR y presentarlo de forma anual.
Quizá eres empleado y no sepas que perteneces a este régimen, usualmente las empresas son las encargadas de todas las responsabilidades fiscales.
Resico
El Régimen simplificado de confianza está pensado en las personas físicas con actividades empresariales, vendes bienes o prestas servicios que no sean profesionales (artesanos, plomeros, carpinteros). Eso sí, tus ingresos no deben exceder los 3.5 de pesos.
Ejemplos de negocios que se pueden sumar a este régimen son las fondas, misceláneas, salones de belleza, carpinterías, fruterías, taxistas, herrerías y todos los pequeños negocios que no desempeñen la actividad de un profesional.
Algunas de tus obligaciones son emitir facturas y solicitarlas, porque el SAT automáticamente calcula el pago de tus impuestos.
Actividades empresariales
A diferencia del pasado, en este régimen no existe un límite de ingresos y es si realizas actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.
Si perteneces a este, tus obligaciones son más y van desde expedir facturas, llevar tu contabilidad y presentar declaraciones mensuales, anuales y declaraciones informativas.
Arrendamiento y en general por el uso o goce temporal de bienes inmuebles
Necesitas darte de alta en este régimen si rentas o subarriendas bienes inmuebles, como departamentos habitacionales, locales comerciales, bodegas, edificios, casas habitación y terrenos.
Además, dentro de tus obligaciones está el llevar tu contabilidad, si optaste por deducciones propias de tu actividad; expedir comprobantes electrónicos, solicitar comprobantes fiscales y presentar declaraciones provisionales de ISR, definitivas de IVA, informativas y la declaración anual.
Así como realizar el pago del impuesto mensualmente en el caso de que rentes un local comercial o casa habitación amueblada.
Servicios profesionales
Súmate a este régimen si eres freelance, desarrollas un proyecto para una persona física o moral y necesitas darles facturas por ello.
Dentro de tus obligaciones se encuentran: generar facturas, llevar la contabilidad, presentar declaraciones informativas, mensuales y anuales.
¿Cómo darte de alta en el SAT como persona física?
Para darte de alta ante el Servicio de Administración Tributaria, las personas físicas necesitan su CURP para inscribirse, ya sea por internet o en las oficinas. Es importante que al realizar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), se tramite también la contraseña, clave fundamental para acceder a los servicios del portal del SAT en línea.
Ya estando ahí, es una buena idea tramitar la e.firma, ya que este método de validación se necesita para trámites en específico. Así que tenerla, evitará que se tenga que hacer otro trámite nuevamente.
¿Qué es una persona moral?
De acuerdo al SAT, son el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
Es decir, son las sociedades de personas físicas que se unieron para crear una empresa, cada uno de ellos son copropietarios de ella y tienen las mismas responsabilidades ante la autoridad fiscal, pero pueden nombrar a un representante para que todo sea más funcional. En este caso, sólo existen dos regímenes fiscales: el general y el no lucrativos.
Persona moral del régimen general
En este se pueden inscribir las sociedades mercantiles (aquellas sociedades de capital variable, de responsabilidad limitada y otras) asociaciones civiles, arrendadoras financieras, instituciones de crédito; seguros y fianzas, sociedades cooperativas de producción, almacenes generales de depósito, uniones de crédito y sociedades de inversión de capitales, organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios, y fideicomisos con actividades empresariales.
Es decir, cualquier empresa que tenga socios, deberá ser parte de este régimen y sus obligaciones son las de emitir facturas, llevar contabilidad, presentar declaraciones anuales, informativas anuales, pagos mensuales, mantener al día sus datos en el Registro Federal de Contribuyentes.
Además, son responsables de retener ISR en caso de pagar salarios, el IVA cuando se hagan pagos a personas físicas por servicios profesionales independientes. Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio.
Determinar en la declaración anual la utilidad fiscal y el monto que corresponda a la participación de los trabajadores en las utilidades.
Dependiendo de cada empresa, cambian las obligaciones fiscales que se deben cumplir de acuerdo con las especificaciones de cada ley.
Resico para personas morales
Existe la versión del Régimen simplificado de confianza para personas morales, en donde también la autoridad calcula tu pago de impuesto y no te obliga a llevar contabilidad. Sin embargo, para personas morales el límite de ganancias anuales va a los 35 millones de pesos.
Personas morales con fines no lucrativos
Está pensado para organizaciones que realizan actividades de asistencia, de servicios, enseñanza, investigación, administración, entre otras, sin perseguir un fin de negocio. Como ejemplo podemos mencionar: sindicatos, asociaciones religiosas, cámaras, colegios profesionales, asociaciones y sociedades civiles.
También donatarias, sociedades cooperativas, sociedades de inversión, partidos y asociaciones políticas legalmente conocidos, y la misma federación, entidades, municipios y organismo descentralizados.
Quien tribute de esta manera, no está sujeto al Impuesto sobre la Renta, a menos que perciba ingresos por enajenar bienes, por recibir intereses, premios o cuando se tenga conceptos asimilados a remanente distribuible (diferencia que resulta al restar de sus ingresos las deducciones autorizadas, siempre que sus ingresos sean mayores).
Darse de alta en el SAT como persona moral
Con el fin de darse de alta en el SAT, las personas morales deberán contar previamente con su acta constitutiva y el permiso de la Secretaría de Economía para el uso de denominación o razón social.
Principales diferencias entre persona física y moral
- La persona moral es un individuo que realiza cualquier actividad económica, mientras que la personal moral son un conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo
- La persona física puede dividirse en cinco regímenes: asalariado, profesionista, resico, arrendador o empresario. Mientras que las personas morales solo en dos: régimen general y régimen con fines no lucrativos
- La persona física tiene un estado civil, mientras que la persona moral no porque son un conjunto de personas
- La persona física está obligada a presentar su contabilidad ante el SAT solo si rebasa los 400,000 pesos de ingresos. La persona moral tiene que presentarla.
¿Que me conviene más ser persona física o moral?
Eso dependerá de tu situación, si tienes socios, la industria a la que pertenece tu negocio e incluso los ingresos que generas. La formalidad, si bien implica pagar impuestos, también abre la oportunidad de acceder a financiamientos gubernamentales y bancarios, así como a alianzas comerciales que impulsarán el crecimiento del negocio.
Siempre puedes apoyarte de expertos para que te orienten sobre qué tipo de persona y régimen te conviene, cuáles son sus ventajas y de qué manera podrás llevar la contabilidad de tu negocio. Lo importante es que tengas muy claro el camino a desarrollar de tu negocio.
Recuerda que, si ya estás emprendiendo, siempre puedes sumar una terminal sin necesidad de tener un RFC y aún así cobrar con tarjeta. Así que no tienes pretextos para ofrecer opciones de pagos, sumar clientes y trazar tu camino al éxito.
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