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¿Qué es el régimen de sueldos y salarios?

¿Qué es el régimen de sueldos y salarios?

¿Qué es el régimen de sueldos y salarios?

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Efrén Pineda
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La Terminal de Pago para ti

Tu tiempo ha llegado y si llegaste a esta entrada es porque estás buscando qué son los regímenes fiscales, quizá estás buscando al cual perteneces, a cuál darte de alta y sobre todo, ¿cuáles son las obligaciones ante la autoridad?, una vez que seas parte de él.

¿Qué es un régimen fiscal?

Se trata del conjunto de derechos y obligaciones que tienes ante el Servicio de Administración Tributaria, el cual cambia dependiendo de tu actividad económica, es decir, conocerás tus obligaciones y derechos a partir de lo que te dediques y de dónde vienen tus ingresos.

En México, podemos dividir primero en dos grandes grupos las obligaciones fiscales: para personas físicas y para personas morales. La primera usualmente se identifica como una sola persona que realiza una actividad, mientras que la segunda es el conjunto de personas que formaron una sociedad para tener un negocio.

En este texto hablaremos únicamente del régimen fiscal por sueldos y salarios, pero más adelante hablaremos de los demás, sus obligaciones y características.

¿Qué es el régimen por sueldos y salarios?

Te deberás sumar a este régimen si eres asalariado, es decir, si estás contratado por uno o varios patrones, que te asigna una serie de actividades, tienes una jornada laboral, recibes un sueldo periódicamente y tienes prestaciones.

Un claro ejemplo de asalariados son los obreros, secretarias, empleados de mostrador, asistentes, cajeros, funcionario y trabajador del gobierno, miembro de las fuerzas armadas, miembro de sociedades cooperativas de producción y recibes rendimientos y anticipos, miembro de sociedades y asociaciones civiles y recibes anticipos, si prestas servicios a un prestatario en sus instalaciones y si trabajas para personas físicas o morales siendo comisionista o comerciante.

Si realizas alguna de estas actividades, entonces eres parte del régimen por sueldos y salarios. Eso sí, no deberás preocuparte por darte de alta ante el SAT, ya que es responsabilidad del patrón el que te tiene que incorporar en ese régimen.

También te puedes inscribir por tu cuenta, al ir directamente a la ventanilla o realizar el proceso por internet, aunque si lo haces en línea, deberás terminar el trámite en las oficinas de forma presencial.

Ya estando ahí, podrías solicitar tu contraseña en SAT, con la cual podrás acceder a todos los servicios electrónicos. Para ello, solo necesitarás:

  • Original y copia de tu identificación oficial.
  • Un correo electrónico.
  • La e.firma, antes firma electrónica o Fiel, es el archivo digital con el que podrás firmar trámites por internet con el SAT, o con otras dependencias del país. Es única, y vale tanto como tu firma autógrafa.
  • La e.firma se solicita con el original y copia de tu identificación oficial, el comprobante de domicilio fiscal y un medio de almacenamiento digital, USB, preferentemente nuevo.

Obligaciones del régimen por sueldos y salarios

El régimen por sueldos y salarios es quizá el más sencillo, pues los que tributan en él no están obligados a emitir facturas por sus servicios ni presentar declaraciones mensuales provisionales. Porque de todo eso se encarga el patrón.

Será el patrón quien le haga un Comprobante Fiscal Digital por Internet en donde desglose el salario de su trabajador, desde sueldo bruto, retenciones por impuestos, retenciones por prestaciones y entregarlo a su trabajador.

Es el sueldo del trabajador el que está sujeto al ISR, sin embargo es también el empleador el encargado de retenerlo y presentar la declaración anual del trabajador. Si bien, esto facilita las responsabilidades del empleado, complica la administración de los negocios, especialmente de los pequeños porque deberán resolverlo de su lado.

El ISR está sujeto al monto que gane el trabajador, por lo tanto el sueldo y tiempo de pago influye en el impuesto a retener: a mayor ingreso, más amplio el monto que se grava, para conocerlo mejor, revisa las tablas ISR.

Sin embargo, hay casos en los que el ingreso que se percibe el trabajador es tan pequeño, que el gobierno tiene que dar un subsidio al empleo, por lo que las tablas ISR establecen un monto a retener, pero se aplica el subsidio para que no se retenga tanto por este concepto, e incluso en caso de que el resultado de la resta quede negativo, se pagará el extra del subsidio.

El empleado que pertenezca a este régimen está obligado a presentar su Declaración Anual en los siguientes casos:

  • Si tuvo dos o más patrones de manera simultánea, o dejó de prestar sus servicios antes del 31 de diciembre. En este caso, el trabajador que cambió de empleo en el año, deberá presentar su declaración anual.
  • Si el asalariado trabaja en una empresa que no está obligada a hacer retenciones, como es el caso de organismos internacionales.
  • También, el asalariado que tenga ingresos mayores a 400,000 (cuatrocientos mil) pesos en el año (si ganas poco más de 33,333 pesos mensuales).

Además, si el trabajador percibe ingresos por otra actividad distinta al empleo que tiene, como por ejemplo, que esté dado de alta en otro régimen.

En la declaración, además tendrá que señalar el total de sus ingresos incluyendo los viáticos, enajenación de casa habitación, herencias o legados y premios por los que se haya pagado el impuesto definitivo.

En cualquiera de estos casos, el empleado deberá señalar a su empleador que será él quien se encargue de realizar su declaración anual, a más tardar el 30 de abril del siguiente año al que está presentando.

Qué puede deducir una persona en el régimen de sueldos y salarios

En caso de que deba presentar la declaración anual, las personas en este régimen puede deducir ciertos gastos que a continuación mencionamos:

  • Gastos médicos. Todos los gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos, se pueden presentar para las deducciones personales.
  • Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
  • Gastos funerarios.
  • Pagos por primas de seguro de gastos médicos.

En estos casos, solo aplicará si se trata de gastos para el contribuyente, su cónyuge o concubine, padres, abuelos, hijos o nietos.

  • Colegiaturas (preescolar a preparatoria).
  • Transporte escolar obligatorio.

Estos gastos deberán tener una factura y serán pagados con cheque, transferencia o con tarjeta en una terminal bancaria.

  • Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
  • Donativos a instituciones autorizadas.
  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
  • Impuestos locales por salarios.

Si bien, la mayoría de ellos están topados a un límite anual, te invitamos a que leas más sobre las deducciones personales y sus límites.

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