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Prepárate para tu declaración anual 2022

Prepárate para tu declaración anual 2022

Prepárate para tu declaración anual 2022

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Marisol Morelos
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La Terminal de Pago para ti

Cada año, los contribuyentes (personas morales y personas físicas) tienen la obligación de presentar su declaración anual en marzo y abril respectivamente. Esta es relativa al ejercicio fiscal inmediato anterior.

¿Qué es la declaración anual?

Este ejercicio tiene como objetivo que las personas obligadas paguen su impuesto anual mediante declaración que presentarán en los meses de marzo y abril, ya sea por medio de Internet o en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT). 

Aunque, este ejercicio también permite, tanto a las personas físicas como personas morales, el  agregar a sus gastos las deducciones de acuerdo a tu régimen fiscal. Recuerda que estos gastos deben realizar por medio de transferencias de una cuenta, al pagar con tarjeta en una terminal o con cuenta de cheques. A continuación te contamos cuáles son. 

En el caso de las personas físicas son las siguientes:

  • Honorarios médicos, dentales y hospitalarios
  • Gastos funerarios
  • Donativos
  • Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios para casa-habitación
  • Aportaciones complementarias de retiro, a planes personales de retiro o la subcuenta de aportaciones voluntarias
  • Primas de seguros de gastos médicos
  • Transportación escolar de los descendientes en línea recta, cuando esta sea obligatoria
  • Colegiaturas

Para las persona morales son:

  • Gastos por la compra de mercancía, todo lo obtenido para la operación de tu empresa, muebles, bienes, equipo de cómputo o maquinaria relacionada a tu actividad económica
  • Beneficios laborales que otorgas a tus empleados, los pagos realizados al IMSS
  • Donativos a instituciones no gubernamentales
  • Rebajas, devoluciones o bonificaciones en el precio final que se otorga al cliente
  • Cualquier inversión realizada
  • Intereses comprobables en caso de tener un préstamo activo 
  • Créditos incobrables y pérdidas que se hayan tenido a causa de fuerza mayor

¿Quiénes deben presentar declaración anual?

Tendrás que presentar tu declaración anual de cada ejercicio durante en el mes de abril si cumples con lo siguiente:

  • Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.
  • Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos
  • Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu declaración anual.
  • Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
  • Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
  • Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
  • Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

Por el contrario, estás exento de presentar la declaración anual, si te ubicas en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000 pesos), siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual.
  • Obtuviste ingresos por salarios y también por intereses nominales que no hayan excedido de $20,000 pesos de Instituciones que componen el Sistema Financiero.

¿Qué necesito para realizar mi declaración anual?

Ahora que ya sabemos que en marzo y abril se presenta la declaración anual, también es necesario estar preparados para realizarla en tiempo y forma. 

Esto significa contar con una contraseña para ingresar al portal del SAT, tener la e.firma actualizada, contar con las facturas emitidas si es que eres una persona física con honorarios por servicios profesionales. Así como tener las facturas que ayudarán a realizar las deducciones en la declaración anual. 

Contraseña SAT

La solicitud de generar o actualizar la contraseña es posible realizarla mediante la plataforma de SAT ID, la cual fue desarrollada con el objetivo de que las personas físicas, que antes realizaban la generación o renovación de su contraseña en una oficina del SAT, lo puedan hacer desde un teléfono móvil o una computadora debido a la contingencia sanitaria. 

Así que lo único que debes hacer es ingresar al portal del SAT ID, ingresar tu RFC, correo electrónico personal y de manera opcional tu número de celular. También deberás adjuntar  o capturar la foto de tu identificación oficial vigente con fotografía, por ambos lados, grabar  un video pronunciando la frase que la aplicación te indique

El SAT realizará la revisión de la información proporcionada y en un término máximo de 5 días hábiles posteriores a la fecha de tu solicitud, enviará la respuesta correspondiente a través de los medios de contacto proporcionados.

Si se trata de la contraseña para personas morales, esta se podrá generar desde el portal del SAT.

E.firma actualizada

La e.firma cuenta con una vigencia de cuatro años una vez que se solicita al SAT, por lo que debes tomar en cuenta previo a tu declaración. La actualización de la e.firma, para personas físicas, también se puede realizar desde el portal del SAT ID, pero solo si el vencimiento de la misma no excede de un año al momento de tu trámite. 

Si la e.firma está por vencer, las personas físicas pueden hacer hoy el proceso de renovación a través de CertiSAT.

En el caso de personas morales, también podrán realizar su renovación vía portal del SAT pero esta no debe tener más de un año de vencimiento. De ser así, será necesario acudir a las oficinas del SAT con previa cita para el trámite.

Facturas ordenadas 

Otro factor a considerar, previo a realizar tu declaración, es tener a la mano y en orden las facturas que emitiste durante el año del ejercicio fiscal del cual vas a realizar tu declaración.

Para estos casos hay aplicaciones o plataformas que ayudan a recopilar las facturas de manera más fácil, sin necesidad de entrar al portal del SAT. Esto debido a que este se puede saturar conforme se acerca el período de presentar la declaración anual. 

Por ejemplo, one facture es un programa gestiona peticiones de descarga de comprobantes, obteniendo un número superior de archivos XMLs a las limitantes de descarga del SAT

El módulo Descarga CFDI tiene como objetivo la descarga de 4,000 a 18,000  archivos XMLs por petición (dependiendo de la velocidad del equipo, internet y SAT).

Después de realizar la descarga, los  archivos XMLs se sincronizan en almacén (procedimiento automático). Ya en el almacén, podrás visualizarlos en PDF y exportarlos a Excel.

Esperamos que con esta información estés preparado para realizar tu declaración y no dejar tan importante obligación fiscal a la última hora. 

¿Cómo saber si tengo saldo a favor?

Una vez que hayas realizado tu declaración anual, podrás consultar en la página oficial del SAT si tienes saldo a favor. Esto podrá ser a partir del tercer día hábil siguiente a la fecha de presentación de la declaración.

Los pasos a seguir, una vez dentro del portal del SAT, son los siguientes:

  1. Da clic en el botón "INICIAR"
  2. Ingresa con tu RFC y contraseña o e.firma
  3. Selecciona el tipo de solicitud a consultar
  4. Selecciona el ejercicio a consultar
  5. Selecciona el tipo de solicitud a mostrar
  6. Obtén la información de tu solicitud automática

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