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Qué es Ciudad al Aire Libre y cómo implementarlo en tu restaurante

Qué es Ciudad al Aire Libre y cómo implementarlo en tu restaurante

Qué es Ciudad al Aire Libre y cómo implementarlo en tu restaurante

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La Terminal de Pago para ti

Durante  los meses de junio y julio, cuando el semáforo epidemiológico de la Ciudad de México cambió de rojo a naranja y se empezó con la reapertura paulatina de actividades, las autoridades capitalinas anunciaron los lineamientos del programa "Ciudad al Aire Libre" para apoyar a los restaurantes que operan en la capital.

De tal manera que los establecimientos mercantiles dedicados a la venta de alimentos preparados puedan ocupar el espacio público para que tengan un poco más de aforo y se respete la sana distancia entre sus comensales.

Así que, si  tienes un restaurante y esta es la primera vez que escuchas sobre esta iniciativa, continúa leyendo porque esto te interesa.

Qué es "Ciudad al Aire Libre"

Como ya sabes, todos los gobiernos locales de México y el mundo están esforzándose por facilitar medidas que fomenten la apertura económica pero que al mismo tiempo cuiden los posibles riesgos sanitarios. Una de esas medidas es reducir las aglomeraciones en espacios cerrados. 

Consecuentemente, el primero de julio cuando se permitió que los restaurantes pudiesen operar con el 30% de su aforo, pero el gobierno de la Ciudad de México elaboró los lineamientos de la Ciudad al Aire libre para que estos establecimientos puedan incrementar su capacidad de atención al 40%, siempre y cuando ocupen: terrazas e incluso banquetas, estacionamientos o cajones de estacionamientos en el arroyo vehicular (incluidas aquellas vialidades que cuentan con el sistema de parquímetros). 

Lineamientos del programa

Para empezar, Ciudad al Aire Libre es un programa que tendrá vigencia hasta que el semáforo epidemiológico de la CDMX cambie a verde y la participación por parte de los establecimientos es voluntaria. 

Sin embargo, los comercios de preparación y venta de alimentos que deseen utilizar el espacio público para incrementar su aforo al 40% (sumando el espacio interior y exterior del local) podrán operar hasta las 10 de la noche y para ello deberán registrarse en este portal. 

Para el registro, en esta página deberás localizar un botón verde que dice "Llave CDMX" y crear una cuenta. Después de deberán contestar algunos cuestionarios y registrar el establecimiento. A su vez deberán conocer los lineamientos (que mencionaremos a continuación) y descargar e imprimir una constancia que valida que el negocio está registrado. Cabe destacar que este trámite es gratuito. 

Reglas del programa: 

  • Este programa sólo aplica para la venta de comida que cuenten con sus permisos vigentes para operar y que se encuentren dentro de la Ciudad de México. 
  • Si cuentan con espacio al aire libre, los establecimientos solo podrán dar servicio hasta el 40% de su aforo y queda estrictamente prohibido aumentar este porcentaje. 
  • Deben mantener las medidas de sana distancia y aquellas para reducir la probabilidad de contagio (uso de cubrebocas, lavado de manos, desinfección de superficies, promover pagos con tarjetas o  de preferencia sin contacto etc.)
  • La Secretaria de Movilidad podrá determinar vías y pasos peatones que puedan ser sumadas o excluidas del programa cuando sea necesario. 
  • No podrán colocarse mesas de servicio en el arroyo vehicular aquellos establecimientos que se encuentren en vías primarias, vías de acceso controlado, ciclovías o carriles exclusivos para transporte público.
  • Las mesas deben colocarse con 1.5 metros de distancia entre cada una y deberán ser colocadas en posición de zig-zag. 
  • No se puede dar servicio a grupos de más de 4 personas y tampoco pueden solicitar que se  junten las mesas. 
  • Se pueden instalar barreras físicas entre comensales como micas de plástico, siempre y cuando estos se desinfecten después de cada cambio de mesa-
  • Está prohibido fumar en los espacios colocados al aire libre. 

Qué espacios se pueden ocupar:

  • Terrazas o espacios abiertos propios del establecimiento
  • Estacionamientos propios
  • Banquetas: pueden ser de vías primarias o secundarias siempre y cuando permitan mantener al menos 2 metros de ancho libres para el paso peatonal. 
  • Franja de estacionamiento sobre arroyo vehicular: siempre y cuando se traten de vías secundarias. También se pueden ocupar cajones de estacionamientos que se encuentren en frente de la fachada del establecimiento. 
  • Carril sobre arroyo vehicular: Solo podrán ocupar el carril derecho (en el sentido de la circulación vial)  y únicamente aplica para comercios que no tengan cajón de estacionamiento y se encuentren ubicados en vías secundarias.
  • Si el establecimiento no cumple con alguno de los espacios anteriormente descrito solo podrá ocupar el espacio interior y su aforo deberá permanecer al 30% de su capacidad. 

Como ves, esta es una de las formas en las que tu negocio puede continuar operando en la nueva normalidad, también te recomendamos que conozcas qué otras estrategias pueden implementar los restaurantes. Para ello, puedes conocer qué acciones han realizados lugares como Pixza, lee la nota aquí

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