Promociones Clip móvil

Home

>

>

Tienes un negocio: ¿estás listo para pagar el aguinaldo?

Tienes un negocio: ¿estás listo para pagar el aguinaldo?

Tienes un negocio: ¿estás listo para pagar el aguinaldo?

foto del autor del articulo
clip logo
Clip

La Terminal de Pago para ti

De acuerdo a las leyes mexicanas, el aguinaldo es una prestación que se otorga a los trabajadores que tengan una relación de trabajo subordinada a un patrón. Esto de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.

El artículo 87 de esta misma Ley, establece que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, como fecha límite, y como mínimo deberá ser el equivalente a quince días de salario.

En el caso de aquellos que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional, conforme al tiempo que hubieren trabajado. Es decir, si trabajaste 5 meses, te pagarán el proporcional de eso y no lo equivalente a quince días de salario.

Esta gratificación les corresponde a todos los trabajadores, de base, de confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo. 

A diferencia de otro tipo de prestación como la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) que dependen de las ganancias de la empresa, ésta simplemente es una gratificación al trabajador por la época decembrina, que le permita comprar regalos y pasar una buena navidad con su familia.

¿Qué pasa si tienes una empresa?

Si eres un empresario, debes tener en cuenta que esta prestación se paga con dinero, ya sea en  efectivo o por medio electrónico, pero no puede ser sustituido por vales o algún tipo de mercancía (ojo con creer que una despensa lo sustituye); además, deberá ser cubierto independientemente de la situación financiera de la empresa, por lo que el covid-19 no es pretexto para no cumplir con esta obligación.

Si tienes empleados que se encuentran bajo el régimen de honorarios y de asimilados a salarios ellos no tienen derecho a ésta prestación; sin embargo, es una buena idea darles un tipo de compensación o bono. Ellos te lo agradecerán y tú generarás un mejor ambiente laboral.

Eso sí, si tus trabajadores de honorarios o asimilados a salario cumplen con un horario, trabajaron ininterrumpidamente del 1 de enero al 31 de diciembre y se presentaba en una oficina a laborar, tu empleado puede comprobar que tiene una relación laboral, y por  lo tanto podrían solicitar este beneficio.

Recuerda que el outsourcing ya no es justificación para no pagarlo, también no se pueden aplicar descuentos al pago del aguinaldo, a menos que se haya pedido como anticipo. Pues muchas empresas otorgan el aguinaldo en noviembre para que sus empleados aprovechen ofertas como El Buen Fin.

Si tienes bien claro que tu empresa debe pagar aguinaldo, éste se deben entregar por completo a más tardar el 20 de diciembre, ya que de no hacerlo, podrías recibir una multa equivalente a 50 o 5000 veces el valor de las UMAs, según el artículo 1002 de la Ley Federal de Trabajo. 

Eso sí, si no pagas a tus trabajadores y decides que es mejor pagar la multa (que en 2021 puede ir de $4,481 pesos a $448,100 pesos), no te exime de dar los aguinaldos que no pagaste. Así que además de pagar la multa, deberás pagar dicha prestación.

¿Entonces cómo puedo pagar el aguinaldo? 

Los expertos recomiendan que por cada empleado que vaya a recibir el aguinaldo, deberás “guardar” la parte proporcional cada quincena o temporalidad de pago, para que al final del año no te veas comprometido a la hora de conseguir el dinero.

Es decir, si un trabajador gana 10 mil pesos al mes y vas a pagar un aguinaldo con el más bajo, que es de 15 días, entonces deberás provisionar de la siguiente forma: 50% del salario mensual ÷ 12 meses, lo que dará como resultado 4.17%. Esto es lo que deberás provisionar mes a mes para pagar el aguinaldo.

Con esta información, hagamos el ejemplo de tu empleado que gana 10 mil pesos al mes, por lo que el cálculo del aguinaldo sería: 10 mil ÷ 2 (dividirlo a la mitad por quincena) = 5 mil es lo que recibirá en su aguinaldo. Ahora es momento de conocer la cantidad a provisionar cada mes, para ello obtén el 4.17% de 10 mil pesos, el resultado es $417 pesos al mes (unos 208.5 pesos quincenales).

A final del año o cuando sea momento de pagar esta prestación (como un despido o renuncia), habrás acumulado lo necesario para pagar este concepto. En el caso del aguinaldo anual sería 

$417 X 12 = $5,004

De esta manera, lo podrás aplicar a cada empleado y así, cuando sea momento de pagar esta prestación, no te encuentres en una situación desfavorable. Eso sí, siempre se lo puedes dar por adelantado, en caso de que sea la política de tu empresa, incluso si es una parte, pero deberás saldar por completo el monto correspondiente a más tardar el 20 de diciembre.

Si te encuentras en el supuesto de que nunca provisionaste ese monto, las opciones a las que puedes recurrir es un préstamo, crédito o ayuda, pues como ya lo explicamos, es una de las prestaciones irrenunciables del trabajador y por lo tanto no debe haber pretexto para pagarla.

Por fortuna, cada vez existen más créditos a los que puedes acceder de manera más simple y rápida. Incluso te puedes acercar a las opciones de préstamos en línea que hay en el mercado actual. Este es uno de los casos que deberías pensar en solicitar un crédito, pues a ti te sacarán de un apuro y podrás hacer pagos sencillos.

Es importante que antes de tomar un préstamo, por más que sientas que es una buena idea, siempre debes evaluar cuál es tu mejor opción, pero también, qué elementos pueden significar un buen préstamo. 

¿Cómo calcular el aguinaldo?

Recuerda que a todos tus trabajadores deberás entregar esta prestación, si tienes un pequeño negocio, puedes calcular de forma manual cómo calcularlo. Recuerda que los empleados que no han cumplido un año de trabajo (año calendario), el cálculo de aguinaldo se realiza de forma proporcional de acuerdo al tiempo laborado. 

En el caso de los trabajadores que tienen más de un año en la empresa, el monto no será acumulable, es decir, seguirán recibiendo los 15 días de salario que marca la ley, o lo pactado entre la empresa y el trabajador.

El cálculo del aguinaldo depende de los días laborados en el año calendario y de la cuota diaria de salario que tenga un trabajador. Para hacerlo, es importante tener a la mano los siguientes datos del trabajador: fecha de ingreso, pues con ella se podrán determinar los días laborados en el año, tener el salario diario de tu trabajador y los días que pagarás de aguinaldo.

Hagamos un caso sencillo: si tienes un trabajador que entró el 6 de junio a trabajar a tu empresa, recibe un salario mensual de 25 mil pesos y das 15 días de aguinaldo. La situación es la siguiente:

Primero deberás dividir el número de días laborados por el número de días que otorgas de aguinaldo. En nuestro ejemplo son 208 días (del 6 de julio al 31 de diciembre) por 15 días que brindas de aguinaldo: 208 x 15 = 3,120.

Ahora divídelo entre los 365 días del año, es decir 3120÷ 365 = 8.5479452055 

A este resultado le vas a multiplicar  el salario diario, que en nuestro ejemplo, el trabajador gana 833.33 pesos diarios. Por lo tanto, la operación final es 8.5479452055 x 833.33= 7,120. 43

Esto es lo que recibirá tu trabajador. Eso sí, aún falta descontar el ISR. Recuerda que el aguinaldo está exento de hasta 30 UMAs, es decir unos 2,688.6 pesos, por lo que en nuestro ejemplo, el restante 4,431.83 se aplicarían las tablas de ISR.

Ten en cuenta que si el trabajador tiene un salario variable, se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados.

Para el caso de los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo, o del tiempo laborado en caso de que no haya cumplido el año.

Ahora que ya conoces más sobre el aguinaldo y tus obligaciones como patrón, es indispensable que planees este tipo de gastos y no se convierta en un impedimento para hacer crecer tu negocio.

Articulos relacionados