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Esta semana se publicó la reforma sobre el home office en México

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Esta semana se publicó la reforma sobre el home office en México

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La Terminal de Pago para ti

El 11 de enero de este año, se publicó la reforma sobre el home office  en el Diario Oficial de la Federación y entró en vigor un día después. Dado que esta reforma implica cambios a la Ley Federal del Trabajo, estos cambios se aplicarán hasta 18 meses después. 

Es decir, el gobierno federal cuenta con tiene este tiempo para crear una Norma Oficial Mexicana que aclare los nuevos derechos y obligaciones. Los puntos más importantes a considerar son: 

Definición del teletrabajo: 

Esa reforma lo define como cualquier persona que cumpla con sus obligaciones laborales en un punto distinto a los centros de trabajo. Además, se toma en cuenta que para realizar las actividades se haga uso de las tecnologías de la información y la comunicación. 

Costos derivados del home office

Como la definición del teletrabajo ante la ley considera el uso de tecnologías como el Internet, se establece que las empresas deben asumir los pagos relacionados. Es decir, ahora los patrones deberán contribuir de manera económica a cada empleado, con una parte proporcional de los recibos de luz, así como del servicio de internet.  Habrá que esperar a la Norma Oficial Mexicana para saber de qué manera se podrá calcular los montos que deben pagarse. 

Brindar equipos de trabajo

Si los empleados trabajan de manera remota, entonces la empresa también debe proporcionar el equipo de cómputo o los gadgets necesarios para el trabajo. Cabe mencionar que esto también implica una responsabilidad hacia los empleados para que éstos se comprometan a cuidar los equipos que le sean entregados; así como la información o datos sensibles de la empresa. 

Derecho a la desconexión

Otro aspecto importante de esta nueva reforma, es que busca proteger a los trabajadores remotos. De hecho, uno de los puntos más importantes es donde defiende el derecho a la desconexión. En este apartado afirma que los trabajadores remotos tienen derecho a no participar en correos electrónicos, mensajes de WhatsApp, llamadas telefónicas, etc. si éstos se mandan fuera de su horario laboral.

Datos personales

También establece otras protecciones como que los patrones tienen la responsabilidad de preservar la información personal o íntima de los empleados. En este respecto, adicionalmente se aclara que los salarios de los trabajadores que hacen home office deben ser iguales a los de los trabajadores presenciales. Es decir, el trabajo remoto no puede ser utilizado como una justificación para ofrecer menos sueldo para una posición.

 

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