Antes de iniciar, es necesario precisar que las utilidades, ante la ley, tienen un nombre más elaborado: “Participación de los Trabajadores en las Utilidades” (PTU). De acuerdo a las leyes mexicanas, es un derecho de los trabajadores, es decir que todas las empresas están obligadas a darlo, eso sí, siempre que haya una relación obrero-patronal.
Para entender mejor esta obligación de las empresas, es necesario ir a la fracción IX, apartado A, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.
En estos, se establecen las obligaciones del patrón, la forma en que se calcula este derecho, así como las fechas límites en que los trabajadores recibirán esta prestación, entre otras cosas. Pero es importante saber que si tienes un negocio, deberás dar esta prestación con base en información de tu declaración anual.
Si tienes una empresa y presentas tu declaración, deberás dar un porcentaje de tus ganancias, repartido entre tus trabajadores como en “agradecimiento por su esfuerzo”, pues sin su trabajo, no hubieras podido lograr dichas utilidades en tu empresa. Esta prestación aplica a todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
Como lo establece la ley, en tu empresa se deberá conformar la Integración de la Comisión Mixta, en donde se formulará el proyecto que determine la participación de cada trabajador, posteriormente, dicha comisión revisará la declaración de impuestos de la empresa, la cual tiene 30 días para revisarlo, a partir de la entrega de la copia de la declaración a los trabajadores.
Eso sí, solo pagarás Utilidades si las ganancias netas en tu empresa fueron de 300 mil pesos o más, según tu declaración anual del 2021. De esta cantidad, solo aplicará el 10% de esta cantidad. Por ejemplo, en caso de que tu negocio haya tenido ganancias netas por $400 mil pesos, solo se repartirán entre tus trabajadores $40 mil pesos.
Si te toca repartir las utilidades, la cantidad a dar se divide entre todos tus trabajadores y la cual obtendrá en dos partes, la primera se reparte por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios por el trabajo prestado durante el año.
Es importante que sepas que las empresas tienen del 1 de abril al 30 de mayo para pagar las utilidades, si eres una persona moral del Régimen General (empresas); mientras que las personas físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, así como las personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal, tienen del 1 de mayo al 29 de junio.
Eso sí, la ley establece que hay excepciones de empresas que, a pesar de obtener utilidades, no tienen la obligación de pagarlas por diferentes situaciones. Aquí te damos el listado que se establece en la Ley Federal del Trabajo.
A quienes tampoco obliga la ley es que una empresa de este derecho a los y las trabajadores domésticos, tampoco a los trabajadores eventuales cuando hayan trabajado menos sesenta días durante el año.
Los demás trabajadores de confianza participarán en las utilidades de las empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o al trabajador de planta con la misma característica, se considerará como salario máximo éste aumentado en un veinte por ciento.
Como mencionamos anteriormente, el pago de utilidades solo es el 10% de las ganancias netas de tu empresa. Una vez que tengas la suma, deberás dividirla entre 2, una parte dividida en partes iguales entre tus trabajadores, mientras que la otra mitad tienes que distribuirla proporcionalmente a los sueldos anuales de cada trabajador. Esta cantidad varía según el sueldo de cada uno.
Por ejemplo, si tu negocio tiene una ganancia neta de $500,000 pesos, tendrías que repartir $50,000 pesos entre tus trabajadores. Los cuales $25,000 se repartirán de manera equitativa entre tus empleados y los otros $25,000 con base en los sueldos de cada uno.
Para calcular la primera parte tendrás que tener la suma del total de días trabajados de todos tus empleados, en el ejemplo digamos que ninguno de los 5 empleados tiene faltas en el año, es decir tiene un total de 1825.
Tomando en cuenta estos datos, la operación es la siguiente:
25,000 (utilidad) / 1,825 (días laborados) = 13.7 (utilidad por día trabajado)
Este resultado es conocido como el factor por días trabajados. Con este dato, solo te queda multiplicar por los días trabajados de cada empleado, que si todos están completos, entonces sería $5,000 pesos.
Ahora la segunda mitad se divide entre la sumatoria del salario anual de los 5 trabajadores. Si al año pagas un total de 222,000 pesos al año entre tus 5 empleados, deberás dividir los 25,000 (utilidad) / 222,000 (salario anual) = 0.112 (utilidad por sueldos).
Ahora solo debes multiplicar este factor por el salario correspondiente a cada empleado. Por ejemplo, si un empleado gana 40,000 mil pesos al año, esto se multiplica por los 0.112, por lo tanto recibirá de esa parte $4,480 pesos.
Finalmente, ahora solo te falta sumar los $5,000 pesos por días trabajados + $4,480 por sueldo devengado. Es decir, este empleado recibirá $9,480 pesos de Utilidades y cada cálculo deberás hacerlo por trabajador.
No olvides que esto también aplica para exempleados que trabajaron al menos 60 días del año pasado y recuerda que las utilidades están exentas de ISR equivalente a 15 veces la UMA ($1,488.9 pesos), por ello el si lo rebasa, deberás realizar la retención del ISR correspondiente.
De todos modos, aquí te dejamos una plantilla para que realices el cálculo de las Utilidades que debes dar a tus trabajadores, solo deja tu correo y obtenla:
De acuerdo al artículo 994, Fracción II de la Ley Federal del Trabajo, las empresas que no paguen utilidades a sus trabajadores podrán recibir una multa que va de las 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (que en 2022 equivale a $96.22 pesos), es decir las multas podrían ir de $24,055 pesos a más de $480 mil pesos, pero además de la multa, de todos modos tendrás que pagarlo.
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