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Diputados aprueban Miscelánea Fiscal 2020

Diputados aprueban Miscelánea Fiscal 2020

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La Terminal de Pago para ti

Con 290 votos a favor y 123 en contra se aprobó la Miscelánea Fiscal 2020, en ella se elimina cualquier impuesto que se planteó por las ventas por catálogo, penalizaciones a las plataformas digitales por no registrarse ante Hacienda y actualizar el IEPS para bebidas azucaradas y tabaco basados en la inflación.

¿Qué es la Miscelánea Fiscal?

Antes de seguir con los cambios y modificaciones, es necesario explicar que una Miscelánea Fiscal son las actualizaciones a las reglas  que un gobierno plantea, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en donde el principal objetivo es obtener recursos necesarios para el presupuesto del año venidero.

Además, establece reglas para negocios o plataformas que no están establecidas en la ley por ser nuevas o novedosas, por ejemplo,  este año, se incluyen nuevas reglas para las plataformas digitales, que actualmente están generando ingresos pero que todavía no están pagando impuestos, algo nuevo para la economía global y nacional.

Estas nuevas reglas deberán pasar por las Cámaras de Diputados y Senadores y así ser modificadas, rechazadas o aprobadas. En este caso, la Cámara de Diputados fue la encargada de revisar las nuevas reglas a ventas por catálogo, servicios digitales y cambios al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Ventas por catálogo

En la propuesta inicial, se establecía retener impuestos por cada artículo que se venda por este medio, algo que actualmente no sucede. Sin embargo, el cobro se haría sobre el margen de ganancia del producto (la ganancia que obtiene el vendedor) y no por el costo total.

De esta manera, las personas que se dedican a esta actividad estarán cumpliendo con su obligación de pagar impuestos por los ingresos que perciben. Además, de que obligaban a todos los que vendan por este medio a darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y así, en caso de que superen las ganancias anuales de 400 mil pesos, presenten su declaración anual por ello.

Sin embargo, en las comisiones especializadas, esta propuesta fue desechada y no se aplicará impuesto alguno a las ventas por catálogo, por lo que todo lo que se venda de esta manera no sufrirá un incremento de precio o modificación alguna.

Economía digital

Para el caso de las plataformas digitales, se les planteó inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes ante el SAT; ofertar y cobrar, conjuntamente con el precio de sus servicios, en forma expresa y por separado el IVA; llevar un registro de los receptores de sus servicios ubicados en el territorio nacional; proporcionar mensualmente al SAT el número de operaciones realizadas con receptores ubicados en territorio nacional, clasificado por tipo de servicios y su precio.

Además de calcular y pagar mensualmente el IVA correspondiente al mes del que se trate; proporcionar vía electrónica a sus clientes en México un comprobante de pago con el IVA separado, cuando lo solicite el receptor; designar ante el SAT un representante legal y un domicilio para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones.

De lo que se aprobó fue el cobro de IVA en las transacciones que se hagan en plataformas digitales a excepción de empresas dedicadas a publicidad, así como las de almacenamiento de datos.

Además plantean cobrar el ISR a aquellos contribuyentes que generen ingresos dentro de estas plataformas, como lo puede ser los conductores de aplicaciones de movilidad y ventas a través de esos sitios. La entrada en vigor de los requisitos será para junio del siguiente año.

La propuesta inicial proponía la desconexión de esas plataformas y, después, establecer un bloqueo. Sin embargo, se consideró que el bloqueo no procede, dado el compromiso de las principales plataformas de aceptar la retención del IVA.

IEPS

En cuanto al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), fue modificada la propuesta para que la actualización de las cuotas aplicables a tabacos y bebidas saborizadas fuera con base en la inflación real y no estimada.

Con información de El Economista, Expansión y Diputados

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